Reforma de la Ley Concursal

Foro principal sobre la actualidad albinegra.

Reforma de la Ley Concursal

Notapor zagio » Vie 05 Sep 2014, 18:36 pm

Reforma de la ley concursal
Hacienda y Seguridad Social tendrán que someterse a un convenio de acreedores si es aprobado por el 75%

05.09.2014 Expansión.com/Agencias

El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha señalado que el objetivo de los cambios en la norma es evitar que el concurso de acreedores sirva para "triturar empresas" y, al mismo tiempo, permitir a los acreedores cobrar parte de sus deudas.
Guindos

El ministro de Economía, Luis de Guindos.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto ley en materia concursal por el que podrán extenderse los efectos del convenio general a los acreedores disidentes o que no se hayan sumado a éste, incluidos los públicos, siempre que se superen unos determinados porcentajes de adhesión.

Esta nueva norma afectará también a los acreedores considerados privilegiados, que se clasifican en cuatro categorías: laborales, públicos (Hacienda, Seguridad Social, comunidades autónomas y ayuntamientos), financieros y el resto, explica el Ministerio de Economía en un comunicado.

Los acreedores privilegiados mantendrán su derecho a elegir entre adherirse voluntariamente al convenio o llegar a un acuerdo singular, pero podrán ser arrastrados al convenio general siempre que voten a favor de este al menos un 60% o un 75% del pasivo del tipo de crédito (laboral, público, financiero y resto) en que se enmarque esa deuda. El porcentaje exacto de votos favorables variará en función de las medidas a aplicar que se acuerden.

Fuentes del Ministerio de Hacienda explican que, en el caso de los acreedores públicos, sólo podrán ser sometidos al convenio general si es decidido por una mayoría del 75% de esos mismos acreedores (Hacienda, Seguridad Social, CCAA y ayuntamientos).

El real decreto ley sobre Medidas Urgentes en Materia Concursal completa las medidas implantadas para la fase preconcursal el pasado mes de marzo (actualmente está finalizando su tramitación parlamentaria en el Senado) y sigue las recomendaciones realizadas por el FMI y la CE.

Por lo que respecta a los acreedores ordinarios disidentes, se verán afectados por determinadas medidas del convenio si este cuenta con el apoyo de al menos el 65% del pasivo ordinario. Esperas y quitas de deuda Las medidas recogidas en esta vía son esperas de entre cinco y diez años, quitas de deuda superiores al 50%, conversión de créditos en acciones o participaciones del deudor o créditos participativos de hasta diez años, transformación de deuda en otro instrumento financiero y cesión de bienes o derechos en pago de créditos, bajo ciertas condiciones.

El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha señalado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que los cambios en el procedimiento concursal se hacen "en paralelismo" con la reforma preconcursal. Y ha añadido que el objetivo de los cambios es evitar que el concurso de acreedores sirva para "triturar empresas" y, al mismo tiempo, permitir a los acreedores cobrar parte de sus deudas.

Con la actual legislación, el año pasado el 95% de las empresas en concurso de acreedores acabaron en liquidación, un porcentaje que supera el de otros países europeos.

La normativa también especifica que los acreedores que cuenten con una garantía real podrán ejecutarla de forma separada en caso de incumplimiento del convenio y percibir así el importe de la deuda originaria, siempre que sea posible.

Para los concursos ya en marcha en el momento de la entrada en vigor de la nueva normativa, se establece un mecanismo que permite aplicar las nuevas reglas siempre que se produzcan mayorías reforzadas superiores a las exigidas para la aprobación del convenio y cuenten con el visto bueno del juez.

http://www.expansion.com/2014/09/05/economia/1409927371.html

ALGUIEN QUE PUEDA "TRADUCIRLO"??? ENTIENDO QUE ESTO NOS BENEFICIA, NO?
Avatar de Usuario
zagio
 
Mensajes: 2757
Registrado: Vie 17 Oct 2003, 12:15 pm

Re: Reforma de la Ley Concursal

Notapor DoctOrellut » Vie 05 Sep 2014, 23:11 pm

Yo se poquito del tema pero estoy aquí con una abogada y me comenta que todo sigue igual , si el pasado año por desgracia cerraron el 95 % el próximo año estará por ahí . Hacienda no negocia si no hay avales , si los hay negocia pero solo el aplazamiento , la quita ni se lo plantean y eso que ahora están empezando hasta los bancos a hacer quitas. Yo he tenido la desgracia de vivir un concurso y os aseguro que es una pesadilla que no le deseo ni al peor enemigo esta claro que depende mucho del administrador que toque de los abogados etc.. Eso si del 5 % que se salvan un 4 % son SAD así que por lo menos .... :apurado
Voy a escribir algo profundo... Subsuelo
Imagen
Avatar de Usuario
DoctOrellut
 
Mensajes: 3222
Registrado: Mié 17 Jun 2009, 23:01 pm


Volver a En Albinegro

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado